

La AFIP estableció un nuevo régimen de facilidades de pago de carácter permanente destinado a la regularización de deudas impositivas y de los recursos de la seguridad social, que estará operativo desde el primero de febrero.
Con ese fin, el organismo dispuso las formalidades, los plazos, requisitos y demás condiciones que deberán observar los contribuyentes y responsables para solicitar la adhesión.
La decisión se formalizó a través de la Resolución General 5321/2023, publicada este martes en el Boletín Oficial, para de "mejorar las condiciones para la adhesión a los planes de pago de aquellos sujetos que desarrollen actividades afectadas por determinadas circunstancias o bien que se encuentren alcanzados por la declaración de emergencias y/o zonas de desastre".
La AFIP puntualizó que el régimen alcanza a:
El ente recaudador aclaró que la regularización no implica reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones.
En tanto, quedan excluidas del régimen las siguientes obligaciones, entre otras:
El impuesto interno a los cigarrillos y el impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de ese producto.
Las cuotas de planes de facilidades de pago vigentes.
Según la AFIP, el porcentaje del pago a cuenta y la cantidad máxima de cuotas se determinarán según el tipo de contribuyente y el perfil de cumplimiento de sus obligaciones fiscales -ambas variables consideradas al momento de la consolidación del plan- así como del tipo de plan.
Además, en los planes de facilidades de pago las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas y su monto se calculará aplicando la fórmula que se consigna en el micrositio "Mis Facilidades" (https://www.afip.gob.ar/misfacilidades); el monto mínimo de cada cuota será de $2.000.